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Comunicado sobre la pena de muerte

Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal de Guatemala


 

"No Matarás"
(Ex 20, 13)

Los obispos de Guatemala, preocupados ante la renovada controversia sobre la pena de muerte que se ha suscitado en nuestro país, hacemos público este comunicado que presenta un resumen de la doctrina de la Iglesia Católica sobre dicha problemática.

1. Constatamos que la aplicación de la pena de muerte ha sido parte de la legislación en los países cristianos hasta el siglo pasado, en los cuales, sin embargo, nunca se olvidó el respeto debido a la vida, el papel que juega la misericordia de Dios dispuesto a perdonar incluso a quien ha cometido crímenes horrendos, ni el riesgo que se corre en la justicia humana de aplicar tal castigo de manera injusta. Por eso el sistema penal creó el recurso de gracia, por el que la autoridad suprema del Estado podía libremente detener su ejecución.

2. Aunque la pena de muerte es una práctica en el Antiguo Testamento (cf Ex 21,12) nosotros podemos también encontrar en sus escritos la repugnancia que Dios manifiesta a castigar con la muerte al pecador (cf Ez 18,23; Sb 1,13-14; 2,23).

3. La enseñanza actual de la Iglesia Católica en relación a la pena capital tiene su fundamento en el modo de proceder de Jesús, Hijo de Dios, el cual fue víctima de su aplicación injusta, amañada y perversa por parte de autoridades corruptas de aquel tiempo. En nuestros días se habla tanto a favor como en contra de la pena de muerte. ¿Ya se nos olvidó que nuestro Maestro fue un condenado a muerte? ¿No cambiaría nuestro juicio si cada vez que vemos una cruz recordamos esta realidad tan terrible? ¡Qué bien nos haría recordar la cruz de Jesús, uno de los más salvajes y crueles instrumentos de tortura inventados por el hombre para matar a otro ser humano! (Eminentísimo Señor Cardenal Rodolfo Quezada Toruño, Carta pastoral con motivo de la Cuaresma, año 2008). Jesús, en el conocido caso de la mujer encontrada en flagrante adulterio (Jn 8,2-11), merecedora de la pena de muerte según la aplicación literal de la ley, ante la presión ejercida por escribas y fariseos para que se pronunciara al respecto, mostró la injusticia inherente a la aplicación de tal pena, ya que quienes pretendían ejecutar a la mujer eran culpables de crímenes que permanecían ocultos a la justicia de este mundo, pero ellos no eran ante Dios menos culpables que la mujer que pretendían lapidar. Además, con su actitud manifestó la necesidad de abrir la puerta al arrepentimiento y la conversión de quien es acusado.

4. Actualmente la difusión del aborto, los experimentos con embriones y la bioingeniería, las experimentaciones científicas con humanos, las prácticas de eutanasia, las masacres en los conflictos bélicos, el recurso al terrorismo de la muerte indiscriminada de ciudadanos inocentes y otros atentados contra la vida y la dignidad de la persona humana han creado una sensibilidad ética y moral particularmente aguda hacia la defensa de la vida, que ha traído como consecuencia el cuestionamiento de la práctica de la pena de muerte.

5. Asimismo, como sociedad hemos adquirido una creciente conciencia crítica acerca de los factores no judiciales que juegan un papel a veces decisivo en los procesos forenses. El desarrollo de los sistemas penitenciarios modernos debe permitir crear mecanismos que preserven la integridad de la sociedad frente a agresiones criminales.

6. La enseñanza de la Iglesia Católica mantiene que las legítimas autoridades del Estado tienen la obligación de proteger a la sociedad de los agresores. Sin embargo hoy es prácticamente imposible justificar el recurso a la pena de muerte en el cumplimiento de esta responsabilidad y son muchos los países que rechazan tal recurso en su legislación. No se trata de renunciar a la defensa legítima de la sociedad frente a las agresiones criminales, sino de recurrir a medios no cruentos para realizar esta defensa. La oposición a la pena de muerte no significa ni quiere ser un sí a la impunidad.

7. Ante la situación actual de nuestro país y de la enseñanza de la Iglesia, los Obispos de Guatemala censuramos como moralmente irresponsable la promoción de la pena de muerte como propaganda política, pues la desesperación ciudadana por la ineficacia del sistema judicial se combate mejorando el sistema judicial y penitenciario y no aplicando la pena capital. En la aplicación de la pena de muerte late a veces un deseo de venganza disfrazado de justicia. La violencia no se combate con violencia cruenta ejercida bajo el amparo de la autoridad del Estado; más bien con ello se le da a la violencia visos de legitimidad.

8. Expresamos nuestro desacuerdo con el argumento de que la aplicación de la pena de muerte reducirá los índices de criminalidad de nuestra sociedad, pues éstos se deben a otros factores como la falta de acceso a la educación, a oportunidades de trabajo, a la integración de la familia. Por eso es una inmoralidad y una falsedad prometer acabar con la delincuencia y el crimen organizado promoviendo la pena de muerte. El remedio a la violencia está más bien en la aplicación de políticas de desarrollo social éticamente fundadas.

9. Pedimos el fortalecimiento del sistema de justicia, para que sea pronta, eficiente e imparcial. Pedimos el fortalecimiento de un sistema penitenciario que realmente resguarde a la sociedad de las acciones criminales de quienes guardan prisión, que sea un sistema en que los reos expíen adecuadamente su crimen a la vez que se respeta su dignidad humana y se favorece su regeneración.

10. Pedimos finalmente al Congreso de la República que haga uso de la facultad que le concede la Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 18 y decrete la abolición de la pena de muerte.

11. Invitamos reiteradamente a toda la población guatemalteca a crear una verdadera cultura de la vida que se oponga decididamente a la anti cultura de la muerte por medio de nuestro compromiso diario en el camino de la conversión, la reconciliación y la construcción de la verdadera paz.

Guatemala, 18 de noviembre del 2010.

 

 


 



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